ARMAS DE USO RESTRINGIDO

 

PERMISO PARA ADQUISICIÓN DE ARMA EN PORTE O TENENCIA

COMO GENERAR LA CITA:

  1. Consignar en la entidad bancaria asignada el valor autorizado por la Industria Militar, especificando nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del titular del quien va a adquirir el arma.
  2. Solicitar la cita ante el DCCAE, veinticuatro (veinticuatro (24)) horas después de la consignación, a través de nuestro Call Center en Bogotá al PBX (57+1) 6014261416 de lunes a viernes de 7 am a 5 pm en jornada continua, o en la página (aquí). El DCCAE genera al ciudadano el código ACE y le asigna la cita respectiva en la seccional escogida por el usuario.
  3. Presentarse el día de la cita con la siguiente documentación:
    • Carta solicitando la adquisición del permiso de uso del arma, dirigida al Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional con firma, post-firma, número de identificación del solicitante, dirección, correo electrónico y número de teléfono.
    • Cédula de ciudadanía.
    • Cámara de Comercio (comerciantes) ó declaración juramentada especificando la actividad laboral e ingresos mensuales (independientes) ó constancia laboral especificando ingresos mensuales y cargo (empleados o funcionarios públicos).
    • Certificado médico de aptitud psicofísica expedido por instituciones autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
    • Certificado del curso de manejo de armas expedido por polígonos autorizados por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos o Libreta militar de primera clase (no aplica para los egresados de colegios militares). Este requisito se exige para adquisición por primera vez.
    • Extractos bancarios con sello de los últimos tres meses y certificación bancaria.
    • Justificación escrita de la necesidad de portar un arma de uso restringido por encontrarse en peligro de muerte o grave daño personal, por especiales circunstancias de su profesión, oficio, cargo que se desempeña o actividad económica que desarrolla, aportando los documentos probatorios o soportes de riesgo (literal c del numeral 1º del parágrafo 1º del artículo 11 de la Ley 1119 de 2006) o denuncia ante las autoridades competentes.
    • Si es personal de la reserva activa, cédula militar (original) en uso de buen retiro, carné de policía (CASUR) y para soldados profesionales en uso de buen retiro carné de servicios médicos.
    • Si es deportista, credencial vigente expedida por la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva (FEDETIRO).

PERSONAL MILITAR O POLICÍA ACTIVO:

Pueden solicitar los oficiales en el grado de Capitán o su equivalente y grados superiores para los oficiales y suboficiales de grado sargento segundo o su equivalente y grados superiores.

  1. Cédula militar o carné de policía.
  2. Apoyo del Comandante de Brigada y sus equivalentes en las demás Fuerzas y la Policía Nacional, para el siguiente personal: Oficiales subalternos y superior hasta el grado de Teniente Coronel y Suboficiales.
  3. Carné de servicios médicos.
  4. Presentarse uniformado el día de la cita y cumplir las entrevistas con el fin de exponer la justificación de la necesidad del uso del arma.
  5. Los soldados profesionales que necesiten adquirir armas de uso restringido deberán cumplir los requisitos exigidos a las personas naturales.
  6. Los servicios de vigilancia y seguridad privada que presten el servicio de escolta pueden solicitar la adquisición de armas de uso restringido previa autorización del Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional, los requisitos se especifican para la adquisición de personas jurídicas.

 

CESIÓN DE ARMA

Los solicitantes deberán radicar las cartas dirigidas al Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional, argumentando la necesidad de ceder el arma (titular) y quien recibe argumentar por qué requiere un arma para su defensa e integridad personal conforme al artículo literal c del numeral 1º del parágrafo 1º del artículo 11 de la Ley 1119 de 2006, anexando la siguiente documentación:

  1. Copia cédula de ciudadanía de quien cede y quien recibe.
  2. Copia del permiso del uso del arma vigente.
  3. Una vez se realice el estudio respectivo se le comunicará al interesado que ha sido autorizado para la digitalización de la documentación, con el fin que el solicitante genere la cita respectiva y continúe el trámite, así:

COMO GENERA LA CITA:

  1. Consignar en la entidad bancaria asignada el valor autorizado por la Industria Militar, especificando nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del titular del arma, fallecido(a).
  2. Solicitar la cita ante el DCCAE, veinticuatro (veinticuatro (24)) horas después de la consignación, a través de nuestro Call Center en Bogotá al PBX (57+1) 6014261416 de lunes a viernes de 7 am a 5 pm en jornada continua, o en la página (aquí). El DCCAE genera al ciudadano el código ACE y le asigna la cita respectiva en la Seccional Principal.
  3. Presentarse el día de la cita con la siguiente documentación:
    • Quien cede:
      • Autorización para la digitalización de la documentación por parte del jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
      • Permiso original para porte o tenencia del arma. En caso de no tenerlo debe presentar manifestación escrita que contenga, fecha, datos personales, datos del arma (clase, marca, calibre y serie) y fecha de la pérdida.
      • Dos (2) improntas legibles de la serie del arma, presentadas en una hoja en blanco.
      • Cuatro (4) fotografías del arma legibles: una en la que se identifique el número de serie, una en la que se identifique la marca, una en la que se identifique el número de calibre y una foto general del arma.
      • Para el personal militar activo, o policías deben presentar cédula militar, carné de policía, soldados profesionales carné de servicios médicos y venir uniformado el día de la cita.
      • Personal de la reserva activa debe presentar cédula militar en uso de buen retiro, carné de policía (CASUR) y para soldados profesionales carné de servicios médicos en retiro.
  • Quien recibe:
    • Debe anexar la documentación de acuerdo al tipo de persona que es (natural, militar activo, reserva activa, coleccionista, deportista), requerida para adquisición de arma.
    • Los servicios de vigilancia y seguridad privada que presten el servicio de escolta pueden solicitar la cesión de armas de uso restringido previa autorización del Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional, los requisitos se especifican en el capítulo de Personas Jurídicas de esta guía.

 

REVALIDACIÓN

COMO GENERAR LA CITA:

  1. Consignar en la entidad bancaria asignada el valor autorizado por la Industria Militar, especificando nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía del titular del arma, fallecido(a).
  2. Solicitar la cita ante el DCCAE, veinticuatro (veinticuatro (24)) horas después de la consignación, a través de nuestro Call Center en Bogotá al PBX (57+1) 6014261416 de lunes a viernes de 7 am a 5 pm en jornada continua, o en la página (aquí). El DCCAE genera al ciudadano el código ACE y le asigna la cita respectiva en la seccional escogida por el usuario.
  3. Presentarse el día de la cita con la siguiente documentación:
    • Solicitud dirigida al Comité de armas del Ministerio de Defensa Nacional.
    • Cámara de comercio con vigencia no superior a sesenta (60) días (aplica para personas jurídicas).
    • Cédula de ciudadanía representante legal o titular del arma.
    • Solicitud de autorización del representante legal al autorizado (aplica para personas jurídicas).
    • Carné que lo acredite como trabajador de la empresa (aplica para personas jurídicas).
    • Licencia de funcionamiento vigente (aplica para personas jurídicas).
    • Concepto emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con vigencia no mayor a 90 días, aplica para personas jurídicas (el cual será solicitado por el DCCAE ante la Superintendencia).
    • Permiso original para porte o tenencia del arma, o copia de la denuncia por pérdida o hurto del mismo. En caso de no tenerlo debe presentar manifestación escrita que contenga, fecha, datos personales, datos del arma (clase, marca, calibre y serie) y fecha de la pérdida.
    • Dos (2) improntas legibles del arma (en una hoja en blanco) y correo electrónico.
    • Cuatro (4) fotografías del arma legibles: una en la que se identifique el número de serie, una en la que se identifique la marca, una en la que se identifique el número de calibre y una foto general del arma.