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Importación de sustancias químicas controladas

REQUISITOS:

  1. Las personas naturales o jurídicas que pretendan desarrollar la actividad de importación de las sustancias controladas deberán solicitar previamente al Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, su inscripción como usuario importador y tener cupo vigente.
  2. Los interesados deberán enviar una solicitud dirigida al Jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, para la autorización de importación, donde especifique: clase, cantidad de sustancias químicas controladas que requieren importar, es de aclarar que esta autorización será válida para una sola importación, con las vigencias que determine el Departamento Control Comercio de Armas Municiones y Explosivos.
  3. La vigencia del permiso una vez autorizado será de cuatro (4) meses.
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Fecha de publicación agosto 22, 2024

Última modificación octubre 25, 2024

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